| QUE
ES EL SIRESE?
El
SIRESE es el sistema de regulación sectorial
conformado por las Superintendencias General, de
Hidrocarburos, de Electricidad, de Transporte, de
Telecomunicaciones y de Saneamiento Básico.
Cada una de las superintendencias es autónoma
en sus acciones.
La
Superintendencia General es la que coordina las
acciones con una a varias superintendencias , fiscaliza
la labor de cada una de ellas y es la instancia
de apelación cuando los interesados no se
hallan de acuerdo con el fallo de los entes reguladores
sectoriales.
QUE
ES UN REGULADOR?
Es
el equilibrador de intereses entre el Estado, las
empresas y el consumidor en una economía
donde el Estado dejó su papel de operador
legislador y ejecutor de Leyes al mismo tiempo.
En
el nuevo contexto del país, los empresarios
se hicieron cargo de las empresas antes estatales
y tienen una íntima relación con el
Estado que brinda las normas y los consumidores.
Cada uno de estos actores tiene sus propios intereses
que quieren imponer a los de los demás, por
lo que se hace necesario la presencia del regulador
que equilibra las acciones de estos, velando por
la convivencia de cada uno de ellos en un ambiente
lo más armónico posible.
El
regulador desarrolla acciones para evitar prácticas
abusivas del Estado, los operadores o los consumidores.
El instrumento principal que utiliza para este objetivo
es la Ley.
En
una comparación simple, el regulador es el
árbitro que vela que el partido se realice
cumpliendo las normas establecidas.
DE
QUIEN DEPENDE LA SUPERINTENDENCIA DE HIDROCARBUROS?
La
ley establece que el SIRESE es parte del poder ejecutivo
bajo tuición del Ministerio de Desarrollo
Económico. Las Superintendencias sectoriales
y por ende la de Hidrocarburos , son órganos
autárquicos, de derecho público con
jurisdicción nacional y autonomía
de gestión técnica administrativa
y económica.
COMO
FUNCIONA SUS ACTIVIDADES?
Los
recursos para el funcionamiento de la Superintendencia
de Hidrocarburos proviene de tasas que pagan las
empresas reguladas, práctica que se realiza
también en otros países.
Según
la ley de Hidrocarburos las tasas de Regulación
son las siguientes:
Hasta
el 1 por ciento del valor bruto obtendido de las
tarifas de transporte por ductos, hasta el 1 por
ciento del valor de las ventas brutas de las refinerias,
hasta el 1 por ciento del valor bruto de las ventas
brutas de los concesionarios para distribución
de gas natural por redes.
La
metodología para el pago de esas tasas por
parte de YPFB ha sido establecido mediante Decreto
Supremo 24616. Las empresas privadas pagan sus tasas
mensualmente de acuerdo a sus facturación.
El
total de los ingresos para cubrir el presupuesto
de la Superintendencia de Hidroacarburos proviene
del cobro de esas tasas, por lo tanto el funcionamiento
de ese ente regulador no representa ningún
egreso para el Tesoro General de la Nación.
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